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Aumentar penas en delitos contra adultos mayores, propone Ernesto Núñez


_- “Cuidar los bienes de nuestros adultos mayores es una tarea que nos concierne a todos”, afirma el diputado federal _


Incrementar la agravante al delito

de robo y de despojo cuando la víctima sea un adulto mayor o que cuente con

alguna discapacidad, esto con el fin de proteger a estos sectores, fue la propuesta presentada por el diputado federal, Ernesto Nuñez Aguilar, ante el pleno del Congreso de la Unión.


Con un proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 372 Bis y se reforma el Artículo 395 del Código Penal Federal, el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), busca también educar a las nuevas generaciones sobre la importancia del rol que juegan los adultos mayores en el país.


“Los bienes muebles e inmuebles de cada persona deben ser protegidos y en caso

de que las personas sean despojadas o privados de ellos, las leyes deben sancionar

el acto. Todos los objetos tienen igual relevancia ante los ojos del Estado pero

debemos ser conscientes que no todos tienen las mismas posibilidades de

recuperarlos, como es el caso de los adultos mayores. Ellos, han dedicado su vida

a construir un legado y merecen que sus esfuerzos sean protegidos y valorados”, dijo.


Núñez Aguilar recordó que, el Código Penal Federal reconoce el robo cuando se priva de sus pertenencias a cualquier individuo, tratándose únicamente de bienes muebles. Sin embargo, los individuos también pueden ser privados de sus bienes inmuebles, pero a esto la ley lo categoriza como otro tipo de delito: el despojo.


“Con la presente propuesta de reforma se plantea incrementar la agravante al delito

de robo y de despojo cuando la víctima sea un adulto mayor o que cuente con

alguna discapacidad, esto con el fin de proteger a estos sectores que, en sí, son de

relevancia social y, por lo tanto, prioritarios para el gobierno mexicano”, explica el legislador.


La propuesta presentada por el legislador, plantea que con la adición de un artículo 372 bis y se reforma el artículo 395 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 372 bis. Cuando la o las víctimas de robo fueran adultos mayores o personas vulnerables en razón de alguna discapacidad cuya situación los

coloque en un estado de indefensión, se incrementará hasta en un tercio de

la pena que corresponda.


“Cuidar los bienes de nuestros adultos mayores es una tarea que nos

concierne a todos. Es un acto de respeto y gratitud hacia aquellos que nos han dado

tanto. Sigamos trabajando juntos para garantizar que sus bienes sean valorados y que su legado perdure en el tiempo”, concluyó.

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