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HOMBRES AFIALIADOS AL IMSS TIENEN DERECHO AL SERVICIO DE GUARDERÍA

¿Sabías que los hombres afiliados al IMSS tienen el mismo derecho que las mujeres para inscribir en la guardería a sus hijos, sin importar si no son viudos o divorciados? La Segunda Sala de la Suprema Corte ha reiterado que negar el servicio a los hombres viola el derecho a la igualdad.

O bien si el hombre no es viudo ni mucho menos divorciado, al contrario, está felizmente casado o en unión libre, pero su pareja a pesar de trabajar no tiene el beneficio de la seguridad social, les tenemos una gran noticia.

Los aspectos antes mencionados te hacen acreedor al Servicio de Guardería donde se cuida a tus niños, se les brinda alimentación, vigila su salud y donde aprenden jugando.

Agradece esto a la Suprema Corte de Justicia, pues el pasado el pasado 29 de mayo de 2016, concedió el amparo promovido en contra de los artículos 201 y 205 de la LSS; los artículos 2 y 3 del reglamento de Guardería del IMSS y el artículo 8.1.3 de la norma interna para la operación de guarderías del IMSS.

Este amparo busca dar un equilibrio entre hombres y mujeres que estén debidamente afiliados al IMSS, para que pueda gozar de los servicios de guardería para un hijo menor. La suprema Corte de Justicia considera discriminatorios que los padres varones no contarán con este beneficio.

Ya no tienes que preocuparte por cual guardería llevar a tu pequeño y obviamente los gastos que esta implica, ya que, si eres trabajador y tu patrón te tienen debidamente afiliado al seguro social, puedes hacer uso de las guarderías que están repartidas por los 31 estados de la república y Distrito Federal, divididas por delegación y tipo de prestación.

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